REA
Inscripción
El Registro de Empresas Acreditadas (REA) tiene como objetivo el acreditar que las empresas que operan en el sector de la construcción cumplen los requisitos de capacidad y de calidad de la prevención de riesgos laborales.
Desde el día 26 de agosto de 2008, las empresas que contraten o subcontraten la realización de cualquier trabajo en una obra, deberán inscribirse en el Registro de Empresas Acreditadas dependiente de la autoridad laboral competente en el territorio donde radique el domicilio social de la empresa contratista o subcontratista. Por lo tanto, a partir del momento en el que se publique la norma autonómica por la que se cree el REA de su Comunidad Autónoma, podrá realizar el trámite de inscripción.
No tendrán obligación de inscribirse todos aquellos trabajadores autónomos sin asalariados, ni los promotores de obra.
La inscripción tendrá un período de validez de tres años, renovables por períodos iguales. A tal efecto, las empresas deberán solicitar la renovación de su inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas dentro de los seis meses anteriores a la expiración de su validez y con arreglo al modelo establecido. Transcurrido el período de validez de la inscripción sin que se hubiese solicitado en plazo su renovación, se entenderá automáticamente cancelada la misma en el Registro.
